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Economía Sostenible convoca las ayudas destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana

Economía Sostenible convoca las ayudas destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana

- Estas ayudas se enmarcan en el 'Programa de apoyo a la Economía social y Fent Cooperatives'


La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), una convocatoria de ayudas destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social durante el presente ejercicio 2020.

La convocatoria establece dos tipos de subvenciones. Las primeras están destinadas a las actividades de formación, fomento y difusión no vinculadas directamente al fomento del empleo.

Estas ayudas se enmarcan en el 'Programa de apoyo a la economía social y Fent Cooperatives' y su importe global máximo estimado es de 50.000 euros (ampliables a 100.000 en los supuestos que la legislación establece) procedentes de fondos propios de la Generalitat.

Según el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Rafa Climent, "estas ayudas van a posibilitar el desarrollo de los proyectos y van a ser un estímulo en el ámbito de la economía social para superar la COVID-19 desde un modelo más resistente a las crisis como es el del cooperativismo."

Se trata de subvenciones para actividades de formación, fomento y difusión vinculadas directamente al fomento del empleo y el importe global máximo estimado de las mismas es de 150.000 euros (ampliables a 200.000 en los supuestos que la legislación establece) procedentes de fondos finalistas con origen en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Las solicitudes para la obtención de estas ayudas se presentarán, necesariamente, a través de medios electrónicos, accediendo a la Sede de la Generalitat, consultar aquí, o a la Guía PROP. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases reguladoras, en las que se indica, entre otras cuestiones, la documentación que se debe aportar.

El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020 es de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGV. Por razones de interés general, el referido plazo se exceptúa de la suspensión general acordada para los procedimientos de las administraciones públicas, por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Actuaciones subvencionables

Se considerarán subvencionables la realización de actividades de formación, fomento y difusión de la economía social no directamente vinculadas al fomento del empleo, en cualquiera de las modalidades siguientes: actividades de formación relacionada con la economía social; actividades de fomento (realización de congresos, simposios, jornadas o seminarios) cuyo objeto sea el estudio de aspectos relacionados con la economía social, las cooperativas, las sociedades laborales, las mutualidades de previsión social o las empresas de inserción".

Por último, incluye actividades de difusión cuya finalidad sea dar a conocer o divulgar entre la población en general o a colectivos específicos la organización y funcionamiento de las cooperativas, las sociedades laborales, las mutualidades de previsión social o las empresas de inserción, mediante campañas de difusión en medios de comunicación social o edición de publicaciones.

Por otra parte, serán subvencionables las actividades de formación directamente vinculadas al fomento del empleo y tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento del cooperativismo y de la economía social a personas desempleadas, a las que sean trabajadoras o socias de cooperativas y sociedades laborales y a otras personas que puedan estar interesadas en la creación o mejor funcionamiento de las empresas de economía social, con especial atención a los colectivos con dificultades de acceso al mercado de trabajo.

También se incluyen en estas ayudas las actividades de fomento (realización de congresos, simposios, jornadas y seminarios) destinadas al estudio de aspectos relacionados con la economía social que tengan incidencia en su capacidad de generación de empleo.

Finalmente serán subvencionables las actividades de difusión cuyo objetivo sea dar a conocer o divulgar, entre la población en general o a colectivos específicos, la organización y funcionamiento de las cooperativas, las sociedades laborales, las mutualidades de previsión social o las empresas de inserción mediante campañas de difusión en medios de comunicación social, edición de publicaciones y cualquier otra actividad que contribuya a esta finalidad.